El ambientalismo colombiano muchos años después...

Apuntes, correos, notas, chismes y habladurías del mundo literario y no tan literario.

POR Manuel Rodríguez Becerra

Abril 24 2024
Ilustraciones cortesía Instituto Humboldt

Ilustraciones cortesía Instituto Humboldt

Ilustraciones cortesía Instituto Humboldt. 

 

En 2024 celebramos dos hitos de la historia de la protección ambiental de Colombia: cincuenta años del Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente y treinta años de inicio de actividades del Ministerio de Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental (SINA), creados por ley expedida en diciembre de 1993. En últimas, ¿se han cumplido los sueños de quienes en su momento concibieron estas instituciones? 

La semilla de estos hitos fue sembrada bajo el liderazgo de Julio Carrizosa Umaña, uno de los pioneros del ambientalismo en Colombia, y echó raíces como una propuesta del gobierno de Colombia frente a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano, realizada en Estocolmo en 1972, dos años antes de la expedición del decreto del código. Esta conferencia se convocó con el fin de enfrentar el alarmante incremento de la contaminación y de la degradación de la naturaleza que se habían producido como consecuencia de una aceleración económica sin precedentes, registrada después de la Segunda Guerra Mundial, con efectos en el ámbito global, regional, nacional y local. En Estocolmo, los gobiernos se comprometieron a incorporar en la agenda pública la protección del medio ambiente.

En Colombia, unos años antes de la reunión de Estocolmo, hubo una serie de antecedentes frente al surgimiento del Código, como la expedición de la Ley 2ª de 1959 –que estableció siete grandes zonas de reserva forestal para su protección–, la aparición de los primeros parques nacionales en la década de 1960 y la creación del Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales (Inderena) en el marco de la amplia reforma de la administración pública durante el gobierno del presidente Carlos Lleras.

El Código de los Recursos Naturales, una iniciativa del gobierno del presidente Misael Pastrana que luego se convirtió en un decreto firmado por el presidente Alfonso López, fue la primera ley en el mundo que integró en un solo cuerpo la normatividad ambiental y de los recursos naturales renovables. El Código incorporó las nuevas concepciones del medio ambiente y de la gestión ambiental que habían surgido de las ciencias ecológicas y sociales en la década del sesenta. 

En el período 1990-1994, durante el gobierno del presidente César Gaviria, se adelantó una reforma ambiental conformada por: (1) la inclusión en la Constitución de 1991 de 69 artículos sobre medio ambiente y desarrollo sostenible, y (2) la creación del Minis- terio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental (SINA), mediante la Ley 99 de 1993. 

La reforma tuvo lugar en el contexto de un clima político muy favorable hacia la protección ambiental, tanto en el ámbito nacional como en el internacional. En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992), motivada por la agudización de los problemas ambientales registrados desde la realización de la cumbre de Estocolmo, se firmaron cinco acuerdos, producto de negociaciones que se extendieron por tres años.

La coincidencia temporal entre las negociaciones de Río y la realización de la Asamblea Nacional Constituyente explican en mucho el hecho de que se hubiera incorporado setenta y nueve artículos sobre medio ambiente y desarrollo sostenible en la nueva Constitución y que estos estuviesen en consonancia con las más avanzadas ideas sobre la sostenibilidad ambiental. Fue un escenario que llevó a la Corte Constitucional a calificar nuestra carta magna como una “constitución ecológica” en 1992.

La creación del Ministerio del Medio Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental fue la primera gran expresión de la Constitución ecológica. En efecto, con la Ley 99 de 1993 se crearon también cinco institutos de investigación, cuatro autoridades ambientales para las principales ciudades del país y 33 corporaciones autónomas regionales.

Lo cierto es que las instituciones creadas en Colombia en los últimos cincuenta años para la protección ambiental han sido insuficientes, como lo revela la creciente destrucción y deterioro de la diversidad biológica del país y de sus aguas, siendo el segundo y el sexto país más rico del mundo respectivamente en estas materias. La débil respuesta ambiental es un común denominador de todos los países, sin excepción, lo que ha conducido a la profunda crisis ecológica mundial, que se expresa en la tríada del cambio climático, la perdida de integridad de la biósfera y la contaminación química.

No obstante, según el Índice de Desempeño Ambiental –entregado por las Universidades de Yale y Columbia bianualmente–, Colombia ha ocupado seis veces el segundo puesto en nueve de las clasificaciones realizadas por este índice entre los países de América Latina y el Caribe, y goza de una posición relativamente privilegiada en comparación con los demás países en desarrollo diferentes a los de la región. En medio de un cuadro alarmante, es una situación positiva que se explicaría en parte por la existencia del Código y por la gran reforma ambiental realizada a principios de los años noventa. Pero es claro que Colombia, como todos los países del mundo, debe hacer una contundente mejora de sus instituciones ambientales y del desarrollo sostenible como una de las vías ineludibles para superar la emergencia en que vivimos.

ACERCA DEL AUTOR


Profesor emérito y exministro de Ambiente.